Tribunal Electoral del Estado de Querétaro declina impugnación y ratifica pérdida de registro al partido Querétaro Independiente

El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ), denegó la impugnación presentada por el partido Querétaro Independiente para conservar su registro como partido político local, luego de que el partido obtuviera únicamente el 47% de los votos requeridos para mantener dicho registro.

Desde el pasado 28 de junio el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), aprobó la liquidación del QI, debido a que el partido solo alcanzó el 1.42% del sufragio estatal, del 3% mínimo requerido para mantener el registro.

El QI participó conjuntamente con el Partido Acción Nacional (PAN), en algunas candidaturas, entre ellas destacan la que ganó Mauricio Kuri como candidato a la gubernatura del estado, por lo que, el QI apeló a que el conteo de votos de dicha candidatura no fue contabilizado debidamente, ya que, de acuerdo a su perspectiva, se debió sumar el total de los votos obtenidos en las respectivas candidaturas comunes y distribuirlos de manera igualitaria entre los partidos que lo integran.

Ante esto, el TEEQ declaró como infundada dicha apelación debido a que la Ley Electoral establece que los votos válidos para los partidos políticos son los recibidos de forma directa en su respectivo recuadro, aplicando la repartición únicamente en caso de que el elector marque los partidos políticos que tienen una misma candidatura.

“Se propone declarar infundados los agravios descritos porque, contrario a lo que afirma (QI), los únicos votos que deben distribuirse de forma igualitaria son los obtenidos por los dos partidos políticos recibidos en común; esto es cuando en la boleta se marcan los dos recuadros pertenecientes a la candidatura común. Por lo anterior se propone confirmar la resolución controvertida”, se lee en la sentencia TEEQ-RAP-39/2021, que fue aprobada por unanimidad por el TEEQ.

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