Multan a Celia Maya y Morena por actos anticipados de campaña

Poco más de 286 mil pesos son los que tendrá que pagar la excandidata de Morena a la gubernatura de Querétaro, Celia Maya García, así como el partido, por actos anticipados de campaña. 

El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro fue el que determinó que existía evidencia suficiente para sancionar tanto a la candidata como al partido con base en el procedimiento especial sancionador TEEQ-PES-8/2021 y sus acumulados TEEQ-PES-9/2021, TEEQ-PES-12/2021, TEEQ-PES-23/2021 y TEEQ-PES-32/2021.

Dicho procedimiento fue iniciado por una denuncia por actos anticipados de campaña, por lo cual el TEEQ determinó la existencia de dichas conductas, pues se configuraron los elementos para actualizarla, derivado de la promoción de la imagen de la denunciada para posicionarse como una opción política frente al electorado, aunado a que éstas fueron difundidas durante el proceso electoral local 2020-2021 y previo al inicio de la campaña.

En consecuencia, al haber sido acreditadas las conductas denunciadas, y después de la calificación e individualización de la sanción, el Tribunal Electoral impuso a la denunciada una sanción consistente en 1600 (mil seiscientas) Unidades de Medida y Actualización (UMAS); igualmente, en el caso del partido político denunciado, se le impuso una multa equivalente a 1600 (mil seiscientas) UMAS, equivalente a 143 mil 392 pesos por sanción.

En la misma sesión, también se declaró la inexistentes de actos anticipados de campaña en otra denuncia, pues del análisis respectivo se advirtió que no existió prueba, ni siquiera indiciaria, de la propagación o difusión masiva de las notas publicadas en Internet, por lo que los hechos denunciados no se extendieron al conocimiento del electorado, y por tanto, no se generó una afectación a los principios de legalidad y equidad en la contienda electoral.

En cuanto al procedimiento especial sancionador TEEQ-PES-59/2021 fue iniciado por la denuncia presentada por el Partido del Trabajo (PT), en la que se señaló a la entonces candidata a la gubernatura del Estado de Querétaro postulada por el partido Morena, por la supuesta infracción al principio de imparcialidad por mencionar a un servidor público con fines proselitistas dentro del primer debate entre las candidaturas a la gubernatura del Estado de Querétaro.

El Tribunal Electoral determinó inexistente la conducta señalada, puesto que la denunciada no tenía la calidad de servidora pública y por ende, tampoco recursos públicos (humanos, económicos o materiales) a su disposición con dicha calidad, por tanto, no pudo atentar contra el principio de imparcialidad. Asimismo, la sola mención de servidores públicos por parte de las candidaturas no es una restricción prohibida en la Constitución.

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