{"id":3826,"date":"2020-07-17T11:18:04","date_gmt":"2020-07-17T16:18:04","guid":{"rendered":"https:\/\/a3noticias.com.mx\/sandbox\/?p=3826"},"modified":"2020-07-17T11:20:05","modified_gmt":"2020-07-17T16:20:05","slug":"negociaran-la-ley-penal-por-criterios-de-oportunidad-politica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/a3noticias.com.mx\/sandbox\/2020\/07\/17\/negociaran-la-ley-penal-por-criterios-de-oportunidad-politica\/","title":{"rendered":"\u00bfNegociar\u00e1n la ley penal por criterios de oportunidad pol\u00edtica?"},"content":{"rendered":"\n<p>TRAS LA VERDAD, por H\u00e9ctor Parra Rodr\u00edguez. Twitter: @HectorParraRgz<\/p>\n\n\n\n<p>Si bien los art\u00edculos 21 constitucional y 258 del C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales, prev\u00e9n los criterios de oportunidad en las causas penales, a fin de no ejercer la acci\u00f3n penal en contra de los inculpados, habr\u00eda la necesidad de precisar que su aplicaci\u00f3n no es al arbitrio del Ministerio P\u00fablico, en su caso de la Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica, la aplicaci\u00f3n no es caprichosa, como lo han hecho creer los legos en la materia, el mismo Presidente de la Rep\u00fablica. En el asunto de la detenci\u00f3n de Emilio Lozoya Austin, Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez, presume que el inculpado \u201cempinar\u00e1\u201d a los c\u00f3mplices de Lozoya, a efecto de evitar el ejercicio de la acci\u00f3n penal en contra de varios parientes consangu\u00edneos y pol\u00edticos del presunto responsable. L\u00f3pez, lo que en realidad hace, acorde a su costumbre, es politizar y mediatizar la procuraci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de la justicia. Est\u00e1 muy interesado en el involucramiento de m\u00e1s personas no solo en el tema Odebrecht, que en conocer si existi\u00f3 o no, la comisi\u00f3n de il\u00edcitos, va por m\u00e1s, al menos es lo que anuncia en sus conferencias.<\/p>\n\n\n\n<p>El citado art\u00edculo del C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales, prev\u00e9 7 supuestos en los que el Ministerio P\u00fabico, puede solicitar la aplicaci\u00f3n de los criterios de oportunidad (negociaci\u00f3n). Y el juez de la causa o de control decide sobre la procedencia o no del o los criterios de oportunidad que solicite el Fiscal sean aplicados en favor del inculpado y en su caso, cese la hostilidad del gobierno en contra de familiares de Lozoya.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Para ser exactos, esto establece el \u201cArt\u00edculo 256. Casos en que operan los criterios de oportunidad\u201d \u201c<\/strong>Iniciada la investigaci\u00f3n y previo an\u00e1lisis objetivo de los datos que consten en la misma, conforme a las&nbsp;disposiciones normativas de cada Procuradur\u00eda, el Ministerio P\u00fablico ponderar\u00e1 el ejercicio de la acci\u00f3n penal&nbsp;sobre la base de&nbsp;criterios de oportunidad, siempre que, en su caso, se hayan reparado o garantizado los&nbsp;da\u00f1os causados a la v\u00edctima u ofendido o \u00e9sta manifieste su falta de inter\u00e9s jur\u00eddico en dicha reparaci\u00f3n de lo&nbsp;cual deber\u00e1 dejarse constancia\u201d. \u201c<strong>La aplicaci\u00f3n de los criterios de oportunidad ser\u00e1 procedente en cualquiera de los siguientes supuestos<\/strong>:\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u201cI.<\/strong>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Se trate de un delito que no tenga pena privativa de libertad, tenga pena alternativa o tenga pena&nbsp;privativa de libertad cuya punibilidad m\u00e1xima sea de cinco a\u00f1os de prisi\u00f3n, siempre que el delito no se&nbsp;haya cometido con violencia;\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u201cII.<\/strong>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Se trate de delitos de contenido patrimonial cometidos sin violencia sobre las personas o de delitos&nbsp;culposos, siempre que el imputado no hubiere actuado en estado de ebriedad, bajo el influjo de narc\u00f3ticos&nbsp;o de cualquier otra sustancia que produzca efectos similares;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>III<\/strong>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando el imputado haya sufrido como consecuencia directa del hecho delictivo un da\u00f1o f\u00edsico o&nbsp;psicoemocional grave, o cuando el imputado haya contra\u00eddo una enfermedad terminal que torne&nbsp;notoriamente innecesaria o desproporcional la aplicaci\u00f3n de una pena;\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u201cIV<\/strong>.&nbsp;&nbsp;&nbsp;La pena o medida de seguridad que pudiera imponerse por el hecho delictivo carezca de importancia&nbsp;en consideraci\u00f3n a la pena o medida de seguridad ya impuesta al inculpado por otro delito, o la que podr\u00eda&nbsp;aplicarse al mismo por otros delitos o bien, por la pena que previamente se le haya impuesto o podr\u00eda&nbsp;llegar a impon\u00e9rsele en virtud de diverso proceso tramitado en otro fuero;\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u201cV.<\/strong>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando el imputado aporte informaci\u00f3n esencial para la persecuci\u00f3n de un delito m\u00e1s grave del que&nbsp;se le imputa, la informaci\u00f3n que proporcione derive en la detenci\u00f3n de un imputado diverso y se&nbsp;comprometa a comparecer en juicio. En estos supuestos, los efectos del criterio de oportunidad se&nbsp;suspender\u00e1n hasta en tanto el imputado beneficiado comparezca a rendir su declaraci\u00f3n en la audiencia&nbsp;de juicio;\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u201cVI.<\/strong>&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando la afectaci\u00f3n al bien jur\u00eddico tutelado resulte poco significativa, y\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u201cVII.<\/strong>&nbsp;&nbsp;Cuando la continuidad del proceso o la aplicaci\u00f3n de la pena sea irrelevante para los fines&nbsp;preventivos de la pol\u00edtica criminal\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u201cNo podr\u00e1 aplicarse el criterio de oportunidad en los casos de delitos contra el libre desarrollo de la&nbsp;personalidad, de violencia familiar&nbsp;<u>ni en los casos de delitos fiscales o aquellos que afecten gravemente el&nbsp;inter\u00e9s p\u00fablico\u201d.<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl Ministerio P\u00fablico aplicar\u00e1 los criterios de oportunidad sobre la base de razones objetivas y sin&nbsp;discriminaci\u00f3n, valorando las circunstancias especiales en cada caso, de conformidad con lo dispuesto en el&nbsp;presente C\u00f3digo as\u00ed como en los criterios generales que al efecto emita el Procurador o equivalente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa aplicaci\u00f3n de los criterios de oportunidad podr\u00e1n ordenarse en cualquier momento y hasta antes de que&nbsp;se dicte el auto de apertura a juicio\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa aplicaci\u00f3n de los criterios de oportunidad deber\u00e1 ser autorizada por el Procurador o por el servidor&nbsp;p\u00fablico en quien se delegue esta facultad, en t\u00e9rminos de la normatividad aplicable\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Aunado a los requisitos descritos en cada una de las fracciones, existe la Tesis II. 4\u00ba P.4P (10\u00aa) derivada de la Queja 205\/2018, del 10 de enero de 2019, la cual precisa que no es arbitraria la aplicaci\u00f3n de los criterios de oportunidad por parte del Ministerio P\u00fablico. De tal manera que, de nada servir\u00e1 que Lozoya (al menos en su favor) denuncie a terceros de ser coparticipes de los delitos que se le imputan, si aquellos no son aplicables. Excepci\u00f3n hecha de las trampas que acostumbra L\u00f3pez Obrador, dispuesto a violentar la ley solo con el prop\u00f3sito de saber qui\u00e9nes m\u00e1s estuvieron involucrados en los il\u00edcitos que le atribuyen. El asunto est\u00e1 en manos del \u201cFiscal carnal\u201d, Gertz Manero, bur\u00f3crata aut\u00f3nomo al Poder Ejecutivo. En el supuesto de la \u201camiga\u201d de Andr\u00e9s Manuel, Rosario Robles Berlanga, nada ha prosperado, sigue recluida en un \u201cCentro de Reinserci\u00f3n Social\u201d \u00a1Ah\u00ed no prosperan los criterios de oportunidad!<\/p>\n\n\n\n<p>El morbo ha trascendido, se informa que podr\u00eda denunciar a legisladores federales que en su momento, recibieron dinero por la aprobaci\u00f3n de la reforma energ\u00e9tica. Este asunto nada tendr\u00eda que ver con el fraude de Odebrecht; sin embargo le servir\u00eda a L\u00f3pez Obrador, para evidenciar que aquella reforma en materia energ\u00e9tica, fue ilegal, lo cual tampoco ser\u00eda cierto, no hay delito en la norma penal que sancione a los legisladores por \u201cnegociar\u201d la tendencia de sus votos en el momento de aprobar o desechar iniciativas de ley. El \u201ccriterio del oportunismo pol\u00edtico\u201d, es lo que espera el Presidente de la Rep\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>Dado el inter\u00e9s que ha generado el asunto, los morbosos quieren estar presentes en la audiencia antes de que se dicte la apertura del juicio, con la finalidad de enterarse de los nombres y pruebas de quienes participaron en otros actos de corrupci\u00f3n. La audiencia ser\u00e1 cerrada, no se abrir\u00e1 al p\u00fablico. Lo interesante de todo es saber si L\u00f3pez Obrador, tambi\u00e9n incurrir\u00e1 en delito al \u201cnegociar\u201d fuera de la ley, el \u201cperd\u00f3n pol\u00edtico y penal\u201d, con tal de aprovechar el \u201ccriterio de oportunidad pol\u00edtica\u201d en su favor, para reforzar su propaganda publicitaria en contra de sus adversarios o enemigos. Est\u00e1 urgido de levantar su alica\u00edda popularidad. Andr\u00e9s Manuel es capaz de todo con tal de obtener \u201craja pol\u00edtica\u201d, as\u00ed ha vivido siempre, del oportunismo; no le importa violar la Constituci\u00f3n y debilitar el Estado de Derecho, con tal de gana, ganar, as\u00ed es de pillo quien ahora ostenta el poder omn\u00edmodo, es capaz de eso y m\u00e1s. L\u00f3pez Obrador tambi\u00e9n quiere nombres de legisladores de otros partidos para \u201chundirlos\u201d, entre los cuales podr\u00edan estar muchos morenistas como Luis Miguel Ger\u00f3nimo Barbosa Huerta, hoy gobernador de Puebla, en aquel entonces senador de la Rep\u00fablica. Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez podr\u00eda salir salpicado de materia escatol\u00f3gica que brote de la negociaci\u00f3n \u00bfTranzar\u00e1n la ley penal por criterios de oportunidad pol\u00edtica?<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>TRAS LA VERDAD, por H\u00e9ctor Parra Rodr\u00edguez. 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