{"id":7604,"date":"2020-11-19T12:55:08","date_gmt":"2020-11-19T18:55:08","guid":{"rendered":"https:\/\/a3noticias.com.mx\/sandbox\/?p=7604"},"modified":"2020-11-19T12:55:10","modified_gmt":"2020-11-19T18:55:10","slug":"aprueban-en-comisiones-unidas-de-la-legislatura-de-queretaro-dictamen-en-materia-ambiental","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/a3noticias.com.mx\/sandbox\/2020\/11\/19\/aprueban-en-comisiones-unidas-de-la-legislatura-de-queretaro-dictamen-en-materia-ambiental\/","title":{"rendered":"Aprueban en comisiones unidas de la Legislatura de Quer\u00e9taro dictamen en materia ambiental"},"content":{"rendered":"\n<p>Los diputados integrantes de las Comisiones unidas de Medio Ambiente y de Desarrollo Urbano, Obras P\u00fablicas y Comunicaciones\u00a0 en la LIX Legislatura del estado, Jorge Herrera Mart\u00ednez, Abigail Arredondo Ramos, Laura Patricia Polo Herrera y Luis Gerardo \u00c1ngeles Herrera aprobaron el proyecto de dictamen de la \u201cIniciativa de Ley por la que se expide el C\u00f3digo Ambiental del Estado de Quer\u00e9taro\u201d, la \u201cIniciativa de Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Protecci\u00f3n Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Quer\u00e9taro\u201d y la \u201cIniciativa de Ley por la que se reforma el art\u00edculo 69, Fracci\u00f3n XI; se adiciona un cap\u00edtulo quinto \u201cDel registro de infracciones y delitos ambientales, al T\u00edtulo Octavo y se adicionan los art\u00edculos 206, 207, 208, 209, 210, 211 y 212 a la Ley de Protecci\u00f3n Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Quer\u00e9taro\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En su intervenci\u00f3n, Jorge Herrera Mart\u00ednez advirti\u00f3 que quienes est\u00e1n interesados, preocupados, pero sobre todo ocupados en el tema del medio ambiente, se sienten satisfechos por concluir con los trabajos del C\u00f3digo Ambiental; ya que esta iniciativa que present\u00f3 en conjunto con el diputado Agust\u00edn Dorantes L\u00e1mbarri, cuenta con las opiniones de las autoridades competentes, pero desde luego, tambi\u00e9n con las aportaciones de la ciudadan\u00eda y los especialistas, mismas que se estuvieron recabando en tres foros y mesas de trabajo, como parte de las acciones de parlamento abierto.<\/p>\n\n\n\n<p>A\u00f1adi\u00f3 que con este dictamen, se contemplan actualizaciones de los ordenamientos estatales, como la Ley de Protecci\u00f3n Ambiental y Desarrollo Sustentable para el Estado de Quer\u00e9taro, la Ley Forestal Sustentable y la Ley de Biodiversidad del estado de Quer\u00e9taro; adem\u00e1s se homologan con leyes y normas federales.<\/p>\n\n\n\n<p>En su momento, el secretario de Desarrollo Sustentable, Marco del Prete Tercero, agradeci\u00f3 a la Legislatura el esfuerzo para crear un instrumento jur\u00eddico que les permita a los funcionarios encargados de la protecci\u00f3n y cuidado del medio ambiente hacer mejor su trabajo; record\u00f3 que en el Plan Estatal de Desarrollo, publicado en el 2016, se contempla dentro de las acciones estrat\u00e9gicas, el fortalecer el marco regulatorio, por lo que afirm\u00f3 que con la aprobaci\u00f3n del C\u00f3digo Ambiental y las leyes secundarias, contribuye con el cumplimiento de esta acci\u00f3n estrat\u00e9gica.<\/p>\n\n\n\n<p>Destac\u00f3 que, entre otras cosas, se fortalece y regula la secci\u00f3n de los prestadores de servicios ambientales; se otorgan elementos para sancionar a quienes brinden una mala asesor\u00eda; se propone&nbsp; la integraci\u00f3n del sistema estatal de evaluaci\u00f3n de impacto ambiental; se fortalece tambi\u00e9n la restricci\u00f3n de riesgo ambiental, para contar con un listado de actividades riesgosas; se integr\u00f3 el cap\u00edtulo de registro de emisiones de transferencia y contaminantes; se fortalecieron las facultades para el decreto de contingencia y emergencias ambientales; se otorga tambi\u00e9n la facultad para la vigilancia y cumplimiento de la Procuradur\u00eda Estatal de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente; as\u00ed como la definici\u00f3n del proceso de ordenamiento ecol\u00f3gico y sus fases, como un conjunto de acciones y actividades realizadas para la formulaci\u00f3n, expedici\u00f3n, ejecuci\u00f3n, evaluaci\u00f3n, y en su caso, la modificaci\u00f3n del programa de ordenamiento; adem\u00e1s, de la implementaci\u00f3n de informaci\u00f3n que deben contener los estudios t\u00e9cnicos justificativos y los programas de manejo de \u00e1reas naturales protegidas, lo cual contribuye a la conservaci\u00f3n y protecci\u00f3n de estas, por mencionar algunos puntos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los diputados integrantes de las Comisiones unidas de Medio Ambiente y de Desarrollo Urbano, Obras P\u00fablicas y Comunicaciones\u00a0 en la LIX Legislatura del estado, Jorge Herrera Mart\u00ednez, Abigail Arredondo Ramos, &hellip; 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